Redacción Exposición Mediática.- Un tribunal federal de los Estados Unidos en Puerto Rico concedió la liberación condicional al dominicano extraditado Esteffani J. Vásquez Amarante, imputado en un proceso penal por narcotráfico y lavado de dinero, tras celebrarse una audiencia de detención en la que se evaluó si debía permanecer encarcelado mientras avanza el caso.
La decisión fue emitida el 27 de enero de 2026 por el magistrado federal Héctor L. Ramos-Vega, del United States District Court for the District of Puerto Rico, dentro del caso número 3:22-cr-00452-RAM-HRV. El tribunal concluyó que, aunque existen riesgos procesales, estos pueden ser adecuadamente mitigados mediante condiciones estrictas de supervisión, sin necesidad de ordenar prisión preventiva en esta etapa.
¿Qué decidió exactamente el tribunal?
La orden judicial establece que el imputado no permanecerá detenido en una cárcel federal mientras se desarrolla el proceso, pero tampoco queda en libertad plena. En su lugar, el juez autorizó una liberación bajo condiciones severas, diseñadas para garantizar tanto su comparecencia ante la justicia como la seguridad de la comunidad.
Entre las medidas impuestas se incluyen:
• Arresto domiciliario, con permanencia obligatoria en la residencia autorizada.
• Monitoreo electrónico continuo, mediante grillete.
• Supervisión directa de la Oficina de Probatoria Federal.
• Entrega obligatoria del pasaporte dominicano, como mecanismo para reducir el riesgo de fuga.
• Cumplimiento de todas las condiciones estándar de liberación impuestas por el tribunal federal.
Asimismo, se fijó una fianza de USD 10,000 no asegurada, lo que significa que el imputado no debe depositar dinero en efectivo, pero asume el compromiso legal de responder por ese monto en caso de incumplir cualquiera de las condiciones ordenadas.
¿Qué significa en sí esta decisión?
Desde el punto de vista jurídico, es importante aclarar varios aspectos para evitar interpretaciones erróneas:
• La decisión no implica absolución.
• No se retiraron ni redujeron los cargos.
• No se cerró el caso.
• No se evitó el juicio.
La orden se limita exclusivamente a resolver la situación de custodia del imputado antes del juicio, una etapa conocida como pretrial detention. El proceso penal federal continúa su curso normal, incluyendo audiencias posteriores, presentación de mociones, negociación de posibles acuerdos o, de no existir estos, la celebración de un juicio.

¿Por qué el tribunal tomó esta determinación?
En el sistema federal estadounidense, los jueces están obligados a evaluar si una persona acusada debe permanecer detenida preventivamente o si existen medidas alternativas suficientes para manejar los riesgos procesales.
En este caso, el tribunal concluyó que una combinación de factores permitía optar por la liberación condicional, entre ellos:
• La existencia de un domicilio fijo y verificable, bajo supervisión.
• La presencia de vínculos familiares directos, que facilitan el control judicial.
• La posibilidad de aplicar medidas tecnológicas de monitoreo.
• La entrega del pasaporte, que limita la capacidad de salida del país.
• La aplicación del principio de presunción de inocencia, vigente hasta una eventual condena.
El juez dejó constancia de que, ante cualquier incumplimiento, la liberación puede ser revocada de inmediato, ordenándose el ingreso del imputado a una institución penitenciaria federal.
¿Es común este tipo de decisiones en Puerto Rico?
En el Tribunal Federal del Distrito de Puerto Rico, los casos de narcotráfico suelen conllevar solicitudes de detención preventiva por parte del Ministerio Público. Sin embargo, también es una práctica reconocida que, cuando los riesgos pueden ser controlados mediante medidas estrictas, los jueces opten por liberaciones condicionadas con altos niveles de supervisión.
La decisión adoptada en este caso no es excepcional ni irregular, sino consistente con precedentes donde el tribunal considera que el encarcelamiento previo al juicio no es estrictamente necesario para garantizar el proceso.
El proceso sigue abierto
El caso contra Vásquez Amarante permanece activo. En las próximas etapas, las partes podrán presentar mociones, negociar un posible acuerdo o avanzar hacia un juicio con jurado. Solo en caso de una eventual condena se determinaría una pena, que podría incluir prisión.
Hasta tanto eso ocurra, el imputado se mantiene bajo control judicial estricto, con limitaciones significativas a su libertad personal.
Importancia del contexto informativo
Desde una perspectiva informativa, es fundamental distinguir entre:
• Evitar la cárcel preventiva, y
• Evitar la responsabilidad penal.
La primera ocurrió en este caso; la segunda no.
El proceso judicial continúa y será en los tribunales donde se determine, en su momento, la culpabilidad o inocencia del imputado conforme a la ley.
Sobre el caso
Esteffani J. Vásquez Amarante es el acusado en un proceso penal federal que se ventila ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, bajo el expediente 3:22-cr-00452-RAM-HRV.
El imputado enfrenta cargos federales relacionados con narcotráfico y lavado de dinero, en el marco de una investigación que involucra conspiraciones para el tráfico de sustancias controladas con destino a Estados Unidos, así como el manejo de fondos presuntamente derivados de dichas actividades ilícitas.
Se trata de un caso de jurisdicción federal, lo que implica que los cargos no corresponden a leyes locales, sino a estatutos federales de EE. UU., generalmente asociados a penas severas en caso de condena.
Extradición y comparecencia
Vásquez Amarante fue extraditado desde la República Dominicana a Puerto Rico el pasado 14 de enero de 2026, luego de que las autoridades dominicanas autorizaran su entrega a Estados Unidos para enfrentar el proceso judicial. La extradición se realizó conforme a los mecanismos legales vigentes entre ambos países.
Tras su llegada a Puerto Rico, el acusado fue presentado ante el tribunal federal para las audiencias iniciales correspondientes.
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