Redacción Exposición Mediática.- La homologación de un acuerdo amparado por el criterio de oportunidad, es el acto judicial por el cual un juez valida un acuerdo entre las partes, reconociendo que este se fundó en el criterio de oportunidad del Ministerio Público.
Esto significa que, aunque el caso podría haber llevado a juicio, se busca dar cese a la acción penal o reparar el daño de manera privada. El juez revisa que el acuerdo sea legal y respete los derechos de todos, otorgándole así la fuerza de una sentencia para su ejecución.
¿Qué es la homologación de un acuerdo?
La homologación es la aprobación judicial de un acuerdo alcanzado por las partes de un conflicto. El juez verifica que dicho acuerdo no sea ilegal o contrario al orden público, dándole así validez jurídica y la fuerza de una sentencia judicial.
¿Qué es el criterio de oportunidad?
El Criterio de Oportunidad es una figura jurídica consagrada en el artículo 34 del Código Procesal Penal dominicano.
Dicho accionar es una facultad del Ministerio Público para prescindir de la acción penal en ciertos casos. Esto implica que, en lugar de seguir un juicio, se busca una solución privada que repare el daño causado por el delito o se extinga la acción penal.
¿Cómo se unen ambos conceptos?
1. El Ministerio Público aplica el criterio de oportunidad:
Se decide que, en lugar de ir a juicio, es más oportuno buscar una solución distinta que podría ser un acuerdo.
2. Se celebra un acuerdo entre las partes:
Se llega a un acuerdo donde se repara el daño o se resuelve la situación de otra manera.
3. El acuerdo es sometido a homologación judicial:
El acuerdo se presenta ante un juez para que, al revisar su legalidad y conformidad con los derechos de las partes, lo valide.
4. El juez homologa el acuerdo:
Una vez aprobado por el juez, el acuerdo adquiere la misma fuerza que una sentencia judicial, obligando a las partes a cumplirlo.