1.- Ratifican prisión preventiva de 18 meses a imputados de Operación Guepardo

En el proceso unas 478 víctimas han presentado querellas contra los involucrados en el caso de estafa electrónica y lavado de activos.

Santo Domingo, R.D.- En atención al pedimento del Ministerio Público, una jueza de la Instrucción de La Romana confirmó la prisión preventiva de 18 meses impuesta a tres de los integrantes de la red de estafa electrónica y lavado de activos que fue desmantelada con la Operación Guepardo.

La medida de coerción le fue ratificada a los procesados Yves Alexandre Giroux, uno de los cabecillas de la red, así como a Marisol Nova Nolasco y a Rocío del Alba Rodríguez de Moya, quienes fueron los primeros en ser arrestados y sometidos a la justicia tras la puesta en marcha de la operación contra la red criminal el pasado mes de febrero y en cuyo proceso han presentado querellas unas 478 víctimas.

Los fiscales Claudio Cordero y Mayerling Rondón, de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de La Romana, quienes están a cargo del caso, solicitaron que se mantenga la medida restrictiva de libertad para garantizar la presencia de los imputados en el proceso judicial.

El pedimento de los fiscales de que se mantenga la medida de privación de libertad impuesta el pasado mes de febrero, fue acogido por la jueza Vicky Chalas, del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana.

La estructura criminal se dedicaba a promocionar proyectos inmobiliarios, atrayendo compradores de República Dominicana, Puerto Rico, Estados Unidos y Europa, a través de la promoción de RE/MAX, una empresa internacional reconocida en el mercado.

En el transcurso de la investigación se ha establecido que los miembros de la organización delictiva recibieron la suma de US$18,851,583.12.

Durante las pesquisas han sido incautados bienes inmuebles en Santo Domingo Este, Distrito Nacional, La Romana y La Altagracia, donde se secuestraron vehículos de alta gama, aparatos electrónicos y documentación relevante.

El Ministerio Público ha indicado que el accionar de estos malhechores constituye una violación a los artículos 405, 265 y 266 del Código Penal Dominicano, 15 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología y a la Ley 155-17, sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

A Giroux, quien cumple la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) de San Pedro de Macorís, del Modelo Penitenciario, el tribunal le rechazó una solicitud de traslado a la Fortaleza General Pedro Santana, en la provincia El Seibo, la cual forma parte del sistema tradicional de prisiones.

Nova Nolasco y Rodríguez de Moya cumplen prisión preventiva en el CCR Najayo Mujeres, en la provincia San Cristóbal.

En cuanto a Loany Ortiz, la principal cabecilla de la estructura junto a Yves Alexandre Giroux, se informó que se encuentra aún detenida en Bogotá, Colombia, enfrentando el proceso de extradición requerido por el Ministerio Público dominicano y se espera que sea enviada lo antes posible al país, para que responda por sus hechos.

Otros involucrados

En la continuación de las investigaciones fueron apresados Loana Paola Guerrero Milián, quien fungía como contable de Novasco Real Estate, SRL, y Javier Gustavo Ulloa Bueno, abogado de la empresa, quien utilizaba el terror para enfrentar a las víctimas que reclamaban la devolución de su dinero, así como las masters brokers de los proyectos simulados Astrid Inmaculada Rydelis Bello y Samayra del Rosario Barreto, quienes formaban parte de la red.

Contra estos últimos imputados, quienes fueron arrestados la pasada semana en la continuación de la investigación, el Ministerio Público también solicitó la imposición de 18 meses de prisión preventiva, siendo aplazada la audiencia este viernes por el Juzgado de Atención Permanente de La Romana para el próximo 17 de octubre de 2025, a partir de las 10:00 de la mañana, con el fin de citar a las víctimas y testigos.

2.- Declaran en rebeldía a dos acusados por narcotráfico y lavado en San Pedro de Macorís

Santo Domingo, R.D.- A solicitud del Ministerio Público, el Juzgado de la Instrucción de San Pedro de Macorís declaró en rebeldía a Óscar Ventura Santana y Moisés Augusto Francisco Astacio (Bumpy Catanga), acusados de integrar una red de narcotráfico y lavado de activos.

La Procuraduría Especializada Antilavado de Activos explicó que los imputados forman parte de la organización dirigida por Yunior Santos Restrepo, condenado a 12 años de prisión, así como por Walky Cuevas Charles junto a Pamela Violeta Astacio y Aníbal Florentino Rondón, estos tres últimos procesados con diferentes medidas de coerción.

La procuradora de corte Ramona Nova Cabrera aseguró que la decisión “es un paso firme contra estructuras criminales que incursionan en el narcotráfico y el lavado de activos”.

Los fiscales José Manuel Calzado y Manuel Santiago Castro Lora, a cargo de la investigación, destacaron que las pruebas confirman la vinculación financiera y logística de los acusados, por lo que insistirán en garantizar su comparecencia ante la justicia.

Los fiscales Pedro Medina Quezada y Manuel Santiago Castro Lora integraron el equipo litigante que representó al Ministerio Público en la audiencia presidida por la jueza de la instrucción Andrea Corcino.

El caso

El expediente señala que el 21 de septiembre de 2023 fue arrestado el cabecilla de la red, Yunior Santos Restrepo, durante una serie de allanamientos simultáneos realizados por el Ministerio Público.

En ese operativo se incautaron 93 paquetes de cocaína con un peso total de 96.72 kilogramos, armas de fuego, municiones, dinero en efectivo, varios vehículos de lujo, documentos, relojes, joyas y aparatos electrónicos, cuyo análisis permitió establecer vínculos directos con miembros de su organización criminal.

Además de la condena de doce años de prisión dictada a Santos Restrepo, también fue condenada a 5 años de prisión su pareja sentimental, Yohan Altagracia Reyes Ruiz. También, se ordenó el decomiso de todos los bienes ilícitos, que incluyeron altas sumas de dinero en efectivo, vehículos de alta gama, armas de fuego, joyas y relojes de alto costo.

3.- Veinte años de prisión para joven que mató a su mellizo en Jarabacoa

Santo Domingo, R.D.- Al acoger la solicitud del Ministerio Público, el Segundo Tribunal Colegiado de Jarabacoa condenó a 20 años de prisión a un joven que le provocó la muerte a su hermano mellizo tras herirlo en medio de una discusión con un arma blanca, en un hecho ocurrido el pasado año en el sector Paso Bajito.

Fernet Luise o Loise (el Mellizo), de 21 años, fue condenado por la muerte de su hermano Felne Loise (el Mellizo), ambos de nacionalidad haitiana. El hecho se produjo en horas de la noche del día 8 de abril del pasado año cuando ambos caminaban en dirección a su vivienda ubicada en la localidad El Arroyo, La Pista, del referido sector de Jarabacoa, provincia La Vega.

La fiscal titular de Jarabacoa, Viviana Mena Paulino, quien realizó las investigaciones, otorgó al caso la calificación jurídica de violación a los artículos 295 y 304 del Código Penal dominicano y los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, que tipifican y sancionan el ilícito penal de “homicidio voluntario con el uso de arma blanca”.

Durante el proceso, el fiscal litigante Juan Enmanuel Escoto demostró la acusación con diferentes elementos de pruebas documentales, periciales, materiales y testimoniales que fueron acogidos por los jueces Martín De La Mota, Fernando Arturo Abreu y Ariella Cedano Núñez, quienes dictaron la sentencia y ordenaron su cumplimiento en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) El Pinito, de La Vega.

El procesado atacó a su hermano con un cuchillo de aproximadamente 12 pulgadas con el cual lo hirió en la región infraclavicular izquierda, lo que le provocó un shock hipovolémico que le produjo la muerte de forma instantánea, según consta en el acta de levantamiento de cadáver núm. 075813, de fecha 8 de abril de 2024, emitida por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).

Un testigo narró que les pidió a los jóvenes que dejaran de discutir a lo que el homicida respondió “a este lo voy yo a matar”, refiriéndose a la víctima. El acto lo ejecutó en ese mismo instante tras sacar de su cintura el arma blanca con la cual cometió el crimen en medio de la discusión por asuntos personales.

En el expediente el órgano acusador indicó que el procesado actuó con dolo al momento de quitar la vida a su hermano, un joven ejemplar en la comunidad.

4.- Ministerio Público solicita prisión preventiva contra hombre imputado del asesinato de su pareja en San Cristóbal

El Juzgado de Atención Permanente de esa provincia aplazó la audiencia para el próximo 16 de octubre.

Santo Domingo, R.D.- El Ministerio Público de San Cristóbal solicitó la imposición de prisión preventiva, como medida de coerción, contra un hombre imputado del asesinato de su pareja, quien había sido reportada como desaparecida por sus familiares el pasado 7 de octubre.

Rodolfo Antonio Ramírez Ramírez (el Barbero) fue apresado y sometido a la justicia por su vinculación con la muerte de Lisset Melenciano Tejada, luego de que fueran encontrados restos del cuerpo de una persona en un solar ubicado detrás de la residencia del imputado.

A Ramírez se le atribuye haber asesinado, mutilado e incendiado y ocultado el cadáver de su pareja después de que este contactara a la víctima vía telefónica mientras ella se encontraba en la residencia de su madre.

La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de San Cristóbal aplazó la audiencia para el próximo 16 octubre de 2025, a partir de las 9:00 de la mañana, a fin de dar tiempo al imputado de buscar un abogado defensor.

Según se ha establecido durante la investigación, alrededor de las 9:00 de la mañana del día 5 de octubre del 2025, Lisset Melenciano Tejada había salido de la residencia de su madre en dirección a la vivienda que compartía con su pareja en la comunidad Canastica, de San Cristóbal, sin que, a la fecha de la interposición de la denuncia, el pasado 7 de octubre de 2025, se conociera de su paradero.

La solicitud de medida de coerción detalla que porciones del cuerpo de una persona, fragmentos óseos, porciones de la pelvis, columna, dorso lumbar, tercio superior de ambos muslos, fragmentos del cráneo y parte de huesos largos, fueron encontrados quemados en el citado solar con un tiempo aproximado de la muerte de 3 a 5 días.

En la casa del imputado fue ejecutada una orden de allanamiento, siendo encontrado en el patio de la residencia una coa de hierro y un arma blanca (machete), de aproximadamente 14 pulgadas de largo, de color blanco.

El Ministerio Público requirió al Departamento de Serología Forense del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), la realización de prueba de ADN forense de los restos mutilados y carbonizados encontrados, para compararlo con el de la madre de la víctima, a los fines de constatar si son genéticamente coincidentes, así como también las muestras de manchas, presumiblemente, sangre, que fueron colectadas mediante reactivo de luminol en la residencia del imputado para realizarle la experticia de serología.

Patricia Danilda Durán Valerio y Laura Cecilia Segura Cordero, fiscales investigadoras, solicitaron la imposición de la medida, otorgando al caso la calificación jurídica de violación a los artículos 295, 296, 297, 298, 302, 304 y 359 del Código Penal dominicano.

La fiscal litigante Diandra Olavarría representó al Ministerio Público en la audiencia donde el juez José Carlos Nina Arias dispuso su aplazamiento para el próximo jueves.

El Ministerio Público indicó que el imputado Rodolfo Antonio Ramírez Ramírez tiene conducta reiterada en la comisión de ilícitos penales, en virtud de que el citado tribunal en fecha 5 de agosto del 2025, le impuso medida de coerción, consistente en garantía económica y presentación periódica por violar los artículos 309-2 del Código Penal y 396, literales A y B, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), cometido en perjuicio de una expareja y un menor de edad, para quienes se emitió una orden de protección.

El Ministerio Público cuenta con suficientes evidencias que vinculan a Ramírez con el lamentable hecho, por lo que considera que debe imponerse la prisión preventiva como medida de coerción para garantizar su presencia en todos los actos del proceso.

5.20 años de prisión para hombre culpable de explotación sexual de dos adolescentes en Santiago

Santo Domingo, R.D.- Como lo solicitó el Ministerio Público, un tribunal de Santiago condenó a 20 años de prisión a un hombre por los delitos de explotación sexual y trata de personas en perjuicio de dos adolescentes.

El procesado Juan Carlos Sosa Bencosme, encabezaba una red de explotación sexual que ubicó y reclutó a las víctimas, adolescentes de 14 y 15 años de edad, a quienes las inducía a sostener encuentros sexuales con adultos, a cambio de dinero.

A través del Departamento de Trata y Tráfico de Migrantes de la Fiscalía de Santiago, que dirige el fiscal Juan Osvaldo García, se dio curso a una investigación que identificó al procesado y su modus operandi, desde su domicilio en Gurabo, desde el cual cometía los ilícitos contra las víctimas menores de edad.

La acusación, acogida en su totalidad por el tribunal, y conforme relató en estrado la fiscal litigante Aida Medrano Gonell, recoge los testimonios de las adolescentes agraviadas. El Ministerio Público pudo establecer que el hombre inducía a las menores a sostener relaciones sexuales con clientes previamente escogidos por él, a cambio de dinero en efectivo que él mismo cobraba y administraba y de lo cual decidía qué porción entregaba a sus víctimas como pago.

El Tercer Tribunal Colegiado de Santiago, integrado por las juezas Deyanira Méndez, Kimberly Tatis e Ingrid Liberato, también condenó a Sosa Bencosme al pago de 50 salarios mínimos del sector público.

La Fiscalía de Santiago levantó, a través del Departamento de Trata y Tráfico de Migrantes, las evidencias que corroboraban los testimonios de las víctimas, y formuló contra el procesado cargos penales por violación al artículo 309-1 del Código Penal dominicano, modificado por la Ley 24-97, sobre Violencia de Género; artículo 410 del Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), así como por violación al artículo 1, letra A y C, y el artículo 3 de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, que contempla y castiga los tipos penales de violencia de género, explotación sexual y comercial en perjuicio de menores de edad.

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