Santo Domingo, R.D.- El abogado César Amadeo Peralta advirtió que las modificaciones al Código Penal actualmente en discusión en el Congreso Nacional podrían endurecer significativamente las sanciones contra quienes elaboren o difundan montajes, imágenes, audios o videos alterados que afecten la honra, la reputación o la intimidad de otras personas.
Según explicó el jurista, los denominados «memeros«, así como quienes crean, publican o comparten contenido manipulado en redes sociales, podrían enfrentar penas de prisión si las reformas son aprobadas en su forma actual.
Peralta señaló que la Cámara de Diputados aprobó en primera lectura un informe elaborado por la comisión especial bicameral encargada de estudiar las modificaciones a la Ley núm. 74-25, que instituye el Código Penal de la República Dominicana. El documento recomienda modificar diversos artículos, entre ellos el 192, relativo a la difusión ilícita de contenido y al uso de imágenes, audios y videos alterados.
Nuevas sanciones propuestas
La propuesta establece que la creación, publicación o difusión de imágenes, videos o audios falsos o alterados mediante montajes, o por cualquier otro medio, sin el consentimiento de la persona afectada y cuando dicho contenido lesione su honor, buen nombre, imagen o reputación, será sancionada con penas de dos a cinco años de prisión y multas de entre RD$90,000 y RD$150,000.
Asimismo, las penas aumentarían de cinco a diez años de prisión y multas de entre RD$100,000 y RD$200,000 cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
• Que el contenido tenga carácter íntimo o sexual, o comprometa gravemente la dignidad de la persona.
• Que haya sido elaborado con fines de chantaje, extorsión, venganza, descrédito público o beneficio económico.
• Que la víctima sea un niño, niña o adolescente, un adulto mayor, una mujer embarazada o una persona con discapacidad.
• Que exista una relación de autoridad, confianza o poder entre el responsable y la víctima.
Difusión de contenido privado
La modificación también mantiene sanciones para quienes difundan, sin autorización y sin existir un interés público legítimo, audios, imágenes o videos obtenidos en un ámbito privado o bajo una expectativa razonable de confidencialidad.
En estos casos, la propuesta contempla penas de 15 días a un año de prisión y multas de entre RD$10,000 y RD$20,000, siempre que la difusión sea capaz de afectar gravemente la intimidad, la dignidad o la vida privada de la persona perjudicada.
Cambios respecto al texto vigente
De acuerdo con Peralta, el principal cambio introducido en este apartado consiste en una reducción de la pena mínima prevista para la difusión ilícita de contenido reservado. Explicó que la versión anterior contemplaba sanciones de seis meses a un año de prisión, mientras que la propuesta las reduce a un rango de 15 días a un año.
El abogado sostuvo que, de ser aprobadas definitivamente por el Congreso Nacional y promulgadas, las nuevas disposiciones ampliarían las consecuencias penales para determinadas conductas relacionadas con la manipulación y difusión de contenido digital, por lo que recomendó a los usuarios de redes sociales conocer el alcance de la normativa antes de compartir este tipo de materiales.
La iniciativa deberá completar su proceso legislativo, incluyendo su conocimiento en el Senado de la República, antes de convertirse en ley.
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