Nuevo Código Penal contempla penas de hasta 20 años para casos de mala práctica médica contra menores

 

Jurista advierte que médicos y profesionales de la salud deben conocer las nuevas disposiciones de la Ley 74-25 para evitar sanciones penales, civiles y administrativas.

Santo Domingo, R.D.– La entrada en vigencia de la Ley Núm. 74-25, que establece el nuevo Código Penal de la República Dominicana a partir del 3 de agosto de 2026, introduce un régimen de sanciones más severo para los casos de negligencia y mala práctica médica, incluyendo penas que pueden alcanzar hasta 20 años de prisión cuando las víctimas sean niños, niñas, adolescentes o personas en condición de vulnerabilidad.

La advertencia fue realizada por el abogado César Amadeo Peralta, quien considera que muchos profesionales de la salud desconocen el alcance de las nuevas disposiciones legales y podrían enfrentar consecuencias penales, civiles y administrativas por acciones u omisiones derivadas de su ejercicio profesional.

“Durante años he observado que numerosos médicos no suelen buscar asesoría jurídica preventiva, mientras que los abogados sí acuden con frecuencia a consultas médicas. Esa falta de orientación legal ha provocado que algunos profesionales de la salud enfrenten pérdidas económicas y conflictos judiciales que pudieron evitarse”, expresó Peralta.

Sanciones por lesiones permanentes y daños graves

El jurista explicó que el nuevo Código Penal establece penas de cinco a diez años de prisión mayor,, además de multas de entre RD$100,000 y RD$200,000, para quienes causen lesiones preterintencionales que produzcan daños permanentes a una persona.

Entre las consecuencias contempladas por la legislación figuran:

* Lesiones o incapacidades permanentes.
* Mutilaciones o amputaciones.
* Pérdida total o parcial de la visión.
* Deformaciones físicas.
* Daños estéticos permanentes.
* Trastornos o perturbaciones psicológicas.

La normativa agrava significativamente las sanciones cuando la víctima es un menor de edad o una persona vulnerable. En estos casos, las penas aumentan a diez a veinte años de prisión mayor, acompañadas de multas que oscilan entre RD$100,000 y RD$200,000.

Incapacidad laboral también genera responsabilidad penal

El nuevo marco legal establece diferentes escalas de sanciones según el tiempo de incapacidad provocado a la víctima.

Cuando una actuación culposa, imprudente o negligente provoque una incapacidad laboral superior a 90 días, el responsable podría enfrentar penas de uno a dos años de prisión menor, además de multas equivalentes a entre tres y seis salarios mínimos del sector público.

Si la incapacidad es igual o inferior a 90 días, las sanciones oscilan entre 15 días y un año de prisión menor, además de multas de uno a dos salarios mínimos del sector público.

Asimismo, los artículos 148 y 149 del Código Penal contemplan penas de entre dos y cinco años de prisión menor para casos de lesiones preterintencionales que generen incapacidades laborales temporales prolongadas.

Consecuencias más allá de la prisión

Peralta destacó que las penas privativas de libertad representan solo una parte de las consecuencias que podría enfrentar un profesional de la salud declarado culpable.

Además de la responsabilidad penal, los tribunales podrán imponer indemnizaciones por daños y perjuicios, condenas al pago de las costas procesales y diversas sanciones complementarias previstas en el artículo 29 del nuevo Código Penal.

Entre ellas figuran:

* Confiscación de bienes relacionados con la infracción para fines de reparación a la víctima.
* Suspensión temporal de actividades.
* Clausura temporal o definitiva de clínicas y centros médicos.
* Inhabilitación temporal o permanente para ejercer la profesión.
* Revocación de licencias, autorizaciones o títulos habilitantes.

Llamado a la prevención

El especialista exhortó a médicos, clínicas y demás profesionales a estudiar detenidamente las disposiciones del nuevo Código Penal para comprender el alcance de sus responsabilidades legales y adoptar medidas preventivas que reduzcan riesgos en el ejercicio de sus funciones.

“Aquí podrían resultar procesadas muchas personas sin siquiera conocer las razones jurídicas que sustentan la acusación. La mejor herramienta de protección es conocer la ley antes de que entre plenamente en vigor”, sostuvo.

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