La indexación salarial: Una demanda legítima pendiente de aplicar

 

Por Alfredo Cruz Polanco alfredocruzpolanco@gmail.com

El sector empresarial logró imponer su criterio, como siempre, cada vez que se discute un aumento salarial en el Comité Nacional de Salarios, conformado por los eternos representantes de la llamada clase trabajadora, los del propio sector empresarial y los del gobierno, aprobando un 20 % al salario mínimo del sector privado no sectorizado. Dicho aumento fue dividido en dos etapas: un 12% el año pasado y ahora, un 8%, a partir del prrimero de febrero de este año.

En la actualidad el costo de la canasta básica familiar, que es el costo del conjunto de todos los bienes y servicios básicos que requiere una familia de clase baja y media promedio para su subsistencia, que al final del año pasado superaba los 48 mil quinientos pesos mensuales, ya sobrepasa los 50 mil pesos, según algunos expertos, mientras la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en la actualidad, aún mantiene una escala salarial muy desfasada de la realidad para el cobro del impuestos sobre la renta a las personas físicas, pues parte de la suma de 34,683.33 pesos mensuales, esto es, 416,200 pesos anuales, lo que constituye una injusticia, pues es como sacarle de los bolsillos, los escasos recursos a los empleados y trabajadores.

El gobierno dominicano está obligado a aplicar una indexación a los salarios de todos los empleados y trabajadores, ya que hace más de ocho años que esta no se aplica, dado el alto costo que tienen los productos, bienes y servicios de primera necesidad en estos momentos. La última indexacion que se hizo fue en el año 2017, mientras que el costo por la inflación anual alcanzó el 5% al final del año 2025.

El aumento del 20% que hizo el sector privado, ya la inflación se lo tragó, pues los propios empresarios, inmediatamente se lo cargaron al costo de los productos de primera necesidad.

El sector empresarial no ha querido.admitir, que en la medida que aumenta el circulante y el poder adquisitivo de la clase trabajadora, en esa misma proporción aumentan las ventas de los productos de consumo básico, ya que las personas de bajos ingresos, todo lo que consiguen, a pena es para subsistir precariamente, pues no le alcanza para otros fines, por lo que dicho sector obtendría mayores beneficios económicos, por lo que no tiene ningún sentido, añadirle al costo de los productos de primera necesidad, el tan cacareado aumento salarial.

Reiteramos que el gobierno dominicano debe proceder, antes de someter una próxima reforma fiscal, a indexar los salarios de los empleados y trabajadores públicos.

Una indexación salarial no es más que un proceso de ajuste de los salarios, la cual se aplica automáticamente, para compensar la pérdida del valor adquisitivo de los ingresos de los trabajadores, según el nivel de inflación que se presente, utilizando siempre el Índice de precios al consumidor del Banco Central de la República Dominicana, evitando así que su dinero pierda valor ante dicho nivel inflacionario.

El objetivo principal de una indexación salarial, es mantener el valor real del ingreso. Es una medida justa y necesaria para mantener el dinamismo de la economía, evitando lo que algunos economistas han llamado, el pago de un «impuesto por inflación».

La indexación salarial en República Dominicana está contemplada en el Artículo 327 del Código Tributario, el cual ordena ajustar sistemáticamente anual, la escala del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por la inflación acumulada, para que los salarios no pierdan su poder adquisitivo; sin embargo, la misma no ha sido aplicada, constituyendo una flagrante violación a dicha ley.

El autor es Contador Público Autorizado con un Máster en Relaciones Internacionales. Ex diputado al Congreso Nacional y Ex Miembro de la Cámara de Cuentas de la República, 2010- 2016.

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