Por Dra. Ana Gómez
El 28 de abril se celebra en todo el mundo el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, proclamado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
¿Por qué se celebra el Día de la Seguridad y Salud en el Trabajo?
La celebración consiste en una campaña anual internacional para promover el trabajo seguro, saludable y digno. Además se rinde homenaje a las víctimas de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
El objetivo del Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo es la prevención de los accidentes laborales y de las enfermedades profesionales.
Se trata de mostrar al mundo la magnitud del problema y hacer ver que una cultura de la seguridad y salud en el trabajo puede ayudar a reducir considerablemente el número de muertes y lesiones en el trabajo.
En 2025, el compromiso global con la prevención de riesgos laborales se proyecta hacia el futuro con el lema propuesto por la Organización Internacional del Trabajo (OIT): “Revolucionar la salud y la seguridad: el papel de la IA y la digitalización en el trabajo”. Una declaración de intenciones que no solo marca una tendencia, sino que define un punto de inflexión inexcusable, con implicaciones relevantes a contemplar.
Vivimos un momento histórico en el que la inteligencia artificial, la automatización y la digitalización están transformando el modo en que trabajamos, gestionamos equipos, prevenimos riesgos y, sobre todo, protegemos vidas. En este contexto, la salud y la seguridad laboral no pueden quedarse atrás. Muy al contrario: deben liderar este cambio.
En República Dominicana, la seguridad en el trabajo está regulada por el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decreto 522-06), el cual establece obligaciones para empleadores y trabajadores para garantizar un ambiente laboral seguro y saludable.
El Reglamento 522-06, que deriva de la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), se enfoca en la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.
Obligaciones de los Empleadores
Protección General:
Los empleadores tienen la responsabilidad general de proteger a sus trabajadores frente a los riesgos laborales, adoptando las medidas necesarias para ello.
Evitar Riesgos en el Origen
Se deben implementar medidas para eliminar o reducir los riesgos laborales en su origen.
Planificación y Prevención
La prevención debe ser integrada en todos los aspectos de la organización del trabajo.
Control de Riesgos
Se deben tomar medidas para controlar los riesgos que no se pueden evitar.
Adaptación a la Persona
Los puestos de trabajo, equipos y métodos de trabajo deben ser adaptados a las necesidades de los trabajadores.
Evolución Tecnológica
Se debe tener en cuenta la evolución tecnológica en la prevención de riesgos laborales.
Sustitución de Peligros
Se debe sustituir lo peligroso por lo que implique menor riesgo.
Protección Colectiva
Se deben anteponer las medidas de protección colectiva a las individuales.
Duración del Trabajo y Descanso:
Se deben tomar medidas para evitar daños a la salud por la duración del trabajo y los periodos de descanso.
Fatiga Excesiva
Se deben tomar medidas para evitar la fatiga excesiva.
Investigación de Accidentes
Se deben investigar los accidentes y daños a la salud para determinar las causas.
Servicio de Medicina en el Trabajo
Se debe garantizar la disponibilidad de un servicio de medicina en el trabajo.
Vigilancia de la Salud
Se deben realizar exámenes médicos periódicos a los trabajadores, acorde a los riesgos de su trabajo.
Obligaciones de los Trabajadores
Observar Recomendaciones:
Los trabajadores deben cumplir con las recomendaciones para prevenir accidentes y enfermedades profesionales.
Participación
Los trabajadores deben participar activamente en la implementación de las medidas de seguridad y salud en el trabajo.
Comité de Seguridad y Salud Laboral
El Reglamento 522-06 establece la creación de un Comité de Seguridad, Higiene y Salud Laboral en las empresas, con el fin de velar por la seguridad y salud de los trabajadores.
La composición del comité se definirá de acuerdo a las dimensiones de cada institución.
Organismo Regulador
La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) es el organismo responsable de la supervisión y regulación del Sistema de Seguridad Social.
La Dirección General de Higiene y Seguridad Industrial (DGHS) del Ministerio de Trabajo es la encargada de la ejecución de las políticas y programas de seguridad y salud en el trabajo.
Documentos Legales
Ley 87-01: Crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
Decreto 522-06: Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Ley 16-92: Código de Trabajo.